Primer Informe de Gobierno

Los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas como Sujetos de Derecho Público

La armonización de las constituciones y demás disposiciones legales del Estado mexicano, representa un paso decisivo para garantizar la aplicación plena de los derechos colectivos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos. Un marco legal coherente permite superar vacíos y contradicciones normativas, facilitando el reconocimiento efectivo de estos derechos en todos los ámbitos de la vida pública y privada. Asimismo, contribuye a consolidar un verdadero Estado pluricultural, donde la diversidad cultural es valorada como pilar fundamental de la Nación. El impulso de un marco legal unificado y respetuoso de esta diversidad promueve una mayor certeza jurídica, así como la paz y la justicia social necesarias para avanzar hacia un desarrollo más justo y sostenible.

Ley General de Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos

En cumplimiento del Artículo Tercero Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), en materia de Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanos, se avanzó en la elaboración de la Propuesta de Iniciativa de Ley General de Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, con el fin de establecer las bases y directrices para el ejercicio de la libre determinación y la autonomía, así como los principios rectores en materia de participación política; la consulta libre, previa e informada; y la protección de los sistemas normativos, territorios, culturas y lenguas, entre otros temas fundamentales para su desarrollo integral, intercultural y sostenible.     

La elaboración de la Propuesta de Iniciativa incorporó una perspectiva técnica, jurídica y comunitaria, mediante dos mecanismos de trabajo complementarios: por un lado, un equipo técnico integrado por dependencias del Gobierno Federal con atribuciones jurídicas y de coordinación interinstitucional y, por otro, un Comité Técnico Asesor conformado por 20 expertas y expertos en materia de derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas; integrantes del Consejo Nacional de los Pueblos Indígenas; invitadas e invitados especiales; instituciones del Gobierno de México con competencia en la materia, junto con legisladoras y legisladores de las Comisiones de Pueblos Indígenas y Afromexicanos de la Cámara de Diputados y el Senado de la República.    

Entre diciembre de 2024 y junio de 2025 se realizaron 24 sesiones de trabajo, dos de ellas con la participación de dependencias federales vinculadas a los temas sustantivos de la Ley, y ocho jornadas de deliberación colectiva en las que participaron las comisiones legislativas de Pueblos Indígenas y Afromexicanos de ambas Cámaras del Congreso de la Unión, quienes analizaron y enriquecieron los contenidos fundamentales de la Propuesta de Iniciativa.    

Al 30 de junio de 2025 la Propuesta de Iniciativa se encuentra en fase de revisión técnica, en preparación del proceso de consulta nacional con los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, programada para el segundo semestre de 2025.

Implementación Efectiva de los Derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas en Todos los Ámbitos del Estado y Niveles de Gobierno

En cumplimiento a la reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicada el 28 de noviembre de 2024 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se fortalecieron las capacidades institucionales de la Secretaría de Gobernación (SEGOB) en materia de participación social y consulta indígena. Como resultado, se creó una unidad especializada con facultades específicas para coordinar acciones en estos ámbitos y promover el diálogo intercultural, establecer mecanismos de participación y consulta, así como garantizar el cumplimiento de obligaciones nacionales e internacionales en la materia. En el marco de estos esfuerzos, de febrero a junio de 2025, se brindó acompañamiento normativo a las secretarías de Relaciones Exteriores y de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) para la elaboración de la Línea Base y Hoja de Ruta para la implementación del Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, a la Participación Pública y a la Justicia en Asuntos Ambientales (Acuerdo de Escazú).    

Por su parte, el Instituto Nacional de los Pueblos Indígena (INPI) ha identificado 302 leyes secundarias (55 generales y 247 federales) susceptibles de modificación para su armonización con el Artículo 2o. de la CPEUM, en lo relativo al reconocimiento y ejercicio efectivo de los derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas. En una primera fase, se consideraron 30 leyes secundarias en temas sustantivos y prioritarios para el ejercicio de sus derechos colectivos, además de la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación de cada ejercicio fiscal, debido a su relevancia para garantizar el acceso a recursos públicos.    

Asimismo, el 17 de octubre de 2024, se instaló la Mesa Interinstitucional Agraria para la Atención a los Planes de Justicia y Desarrollo Regional, con el objetivo de analizar la Ley Agraria, identificar los artículos a reformar e integrar el reconocimiento de la relación especial, material y espiritual de los pueblos con la tierra, el territorio y los recursos naturales; así como, la propiedad comunal tradicional y la posesión que han detentado históricamente las comunidades indígenas.1/ Este mecanismo fue vinculado con los Planes de Justicia y Desarrollo Integral actualmente en implementación y, como resultado en enero de 2025, esta estrategia de coordinación fue reorientada hacia la atención puntual de las demandas territoriales, mediante la definición de acciones, plazos y responsables de su ejecución.

  • Desde su instalación y hasta el 30 de junio de 2025, la Mesa ha sesionado ocho veces, en las que fueron abordados 13 Planes de Justicia de manera general, mediante seguimiento, y en especial a siete de ellos que incluyen demandas de tierra.

1/ Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU), Secretaría de Gobernación (SEGOB), Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF), Procuraduría Agraria, Registro Agrario Nacional (RAN) y Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal.

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